Estudio de Traducción e Interpretación
World Linguae
de Laura Iovanna

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CONDICIONES GENERALES DE ENCARGO

Traducciones

  1. La unidad de medida para calcular las tarifas es la página original. Por página normalmente se entiende una página mecanografiada de 1500 caracteres (espacios incluidos) es decir, de 25 líneas y 55 tecleos por línea. Para las traducciones realizadas en papel legal o acondicionado como tal, la página es de 25 líneas y 50 tecleos por línea. Otra unidad de medida es la palabra original. El cálculo se realiza sobre el texto original. Cuando el formato del texto no permita efectuar dicho cálculo, se contarán las páginas o las palabras del texto traducido. Las tarifas son netas y se les aplicará el IVA. En la factura figura, además, el recargo del 4% a cargo del cliente, previsto por la cotización a la Seguridad Social ex. L. 662/96 art. 1 c. 212. La facturación mínima es, en cualquier caso, igual a una página.
  2. El encargo de la traducción se debe realizar mediante una carta o equivalente en la que resulte además de la cantidad estipulada, los términos de entrega y pago.
  3. El traductor podrá tener acceso por adelantado al texto a traducir para su consulta. El texto original se entregará al traductor en un formato legible y completo. Además, se le entregará al traductor toda la posible información disponible concerniente al argumento.
  4. El traductor es responsable del secreto de los documentos del cliente y de su salvaguardia mientras estén en su posesión. Bajo petición del cliente, y corriendo éste con todos los gastos, el traductor puede proceder a asegurar los documentos durante su traslado.
  5. Conforme a la Directiva 2000/35/CE, el pago de la remuneración acordado se debe formalizar cuando el cliente reciba la factura, y en cualquier caso sin superar 30 días desde que se produjo la entrega. Pasado este plazo, se aplicará la mora prevista por el art. 3.1 de la Directiva, además del ex. art. 5.1 del DL. 6.10.2002, n.231.
  6. En los trabajos de gran volumen, el traductor tiene derecho a recibir el pago de un anticipo sobre la cantidad acordada.
  7. Si el traductor se viera imposibilitado a continuar con el trabajo por causas de fuerza mayor documentadas, podría renunciar a seguir con el encargo sin que tuviera que pagar ningún tipo de indemnización por ello.
  8. En los encargos asignados y posteriormente rescindidos el traductor tendrá derecho a una indemnización por cancelación igual al 10% de la cantidad total acordada. La traducción terminada se pone a disposición del cliente y se debe pagar por completo.
  9. Eventuales reclamaciones se deben presentar en un plazo no superior a 30 días desde que se produjo la entrega.

Interpretaciones

Interpretación de enlace


  1. La jornada es de 7 horas laborables, la tarifa puede imponerse sobre base horaria (tarifa mínima de 3 horas).
  2. El encargo se debe adjudicar por escrito.
  3. Los trabajos que requieran desplazamientos fuera de la localidad, además del pago por el servicio (incluyendo posibles jours chômés e manque-à-gagner), el interprete tendrá derecho a alojamiento diario o completo y el reembolso de los gastos de viaje. Las posibles jornadas de sesiones informativas son retribuidas aparte.
  4. El pago se debe efectuar una vez finalizado el servicio o cuando se reciba la factura o equivalente, en cualquier caso no debe superar un plazo de 30 días desde que se llevo a cabo el encargo. Si se superara el plazo de 30 días, se aplicarán los intereses por demora ex art. 5.1 del DL. 9.10.2002, n.231.
  5. En la factura figurará el recargo del 4% a cargo del cliente, prevista por la cotización a Seguridad Social ex. L. 662/96 art.1 c.212.
  6. La cancelación de un encargo de interpretación a menos de ocho días del inicio comporta el pago al intérprete por el servicio profesional y el reembolso de posibles gastos mantenidos.

Interpretación de conferencia


  1. Se aconseja consultar el argumento a tratar por adelantado con el intérprete para comprobar que se preste al tipo de interpretación requerida.
  2. Para la interpretación simultánea, la sala debe disponer de una cabina para cada lengua. La cabina debe ser conforme con la norma ISO 2603 en el caso de instalaciones fijas, y conforme con la norma ISO 4043 en el caso de instalaciones móviles. En cada cabina debe haber al menos 2 intérpretes. La jornada laboral del intérprete de simultánea es de 7 horas. Si se prevé superar las 7 horas, se debe convocar a un tercer intérprete para permitir los turnos de descanso adecuados. Los servicios con un único intérprete en cabina se admiten sólo durante una hora. La jornada laboral no se puede fraccionar. Para poder realizar una grabación de la traducción es necesario pedir la autorización de los intérpretes. En el caso de llegar a un acuerdo para realizar dicha grabación, el intérprete obtendrá un 40% extra del importe acordado por el servicio.
  3. La interpretación consecutiva consta de una jornada laboral de 7 horas con un intérprete para cada lengua. Si se prevé superar las 7 horas, se debe convocar otro intérprete para permitir los turnos de descanso adecuados. Los servicios con un único intérprete sólo se admiten por un periodo máximo de 2 horas. La jornada laboral no se puede fraccionar.
  4. La interpretación en chuchotage es una traducción efectuada susurrando los conceptos esenciales en presencia de un máximo de dos usuarios. Se admiten servicios con un único intérprete sólo durante un máximo de dos horas.
  5. El encargo se debe adjudicar por escrito.
  6. Los trabajos que requieran desplazamientos fuera de la localidad, además del pago por el servicio (incluyendo posibles jours chômés e manque-à-gagner), el interprete tendrá derecho a alojamiento diario o completo y el reembolso de los gastos de viaje. Las posibles jornadas de sesiones informativas son retribuidas aparte.
  7. El pago se debe efectuar una vez finalizado el servicio o cuando se reciba la factura o equivalente, en cualquier caso no debe superar un plazo de 30 días desde que se llevo a cabo el encargo. Si se superara el plazo de 30 días, se aplicarán los intereses por demora ex art. 5.1 del DL. 9.10.2002, n.231.
  8. En la factura figurará el recargo del 4% a cargo del cliente, prevista por la cotización a Seguridad Social ex. L. 662/96 art.1 c.212.
  9. La cancelación de un encargo de interpretación a menos de ocho días del inicio comporta el pago al intérprete por el servicio profesional y el reembolso de posibles gastos mantenidos.

Tarifas

Todos los trabajos de traducción o revisión son específicos y es necesario valorarlos individualmente teniendo en cuenta muchas variables: tipología de texto (genérico, técnico, especializado), formato del documento y exigencias de formatación, urgencia, volumen, etc. Envíenos los documentos que desea traducir y podremos personalizar la tarifa en función a sus necesidades.

Para los servicios de interpretación los costes se calculan en función a:

 

  • la duración del servicio (una hora, medio día, día entero, más días),
  • el tipo de interpretación (simultánea, consecutiva, chuchotage, de enlace),
  • el destino (es decir, se requiere un traslado por parte del intérprete),
  • el número de intérpretes necesarios para el desarrollo del servicio.

 

Solicite un presupuesto enviándonos su petición.